A partir del 18 de febrero entra en vigencia el Nuevo Motor de Cálculo del CAUPSF

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A partir del 18 de febrero de 2026, el Colegio de Arquitectura y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe implementa el Nuevo Motor de Cálculo (NMC), una herramienta que reemplaza al Número Base como sistema de referencia para el cálculo de honorarios y aportes profesionales. Este nuevo sistema introduce…

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El Nuevo Motor de Cálculo entra en vigencia el 18 de febrero

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El Colegio de Arquitectura y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe informa que el Nuevo Motor de Cálculo (NMC) entrará en vigencia definitiva el día 18 de febrero de 2026. A partir de esa fecha, todas las nuevas cargas y tramitaciones deberán realizarse exclusivamente mediante el Nuevo Motor de…

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Matriculación 2026: conocé las formas de pago y los nuevos beneficios

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Informamos que el CAUPSF ya puso a disposición los importes para el Derecho de Matriculación y Habilitación Profesional 2026 en sus distintas categorías y las formas de pago disponibles. En esta oportunidad, a partir de un convenio celebrado entre el CAUPSF y el Nuevo Banco de Santa Fe, se ofrece…

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Cómo se determinan los valores de referencia que reemplazan al Número Base

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La puesta en funcionamiento del Nuevo Motor de Cálculo (NMC) implica la actualización de los valores de referencia para la determinación de honorarios profesionales, a partir de un método consensuado entre el CAUPSF y los Colegios de Ingeniería Civil y de Maestros Mayores de Obra, que reemplazará al Numero Base…

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PREGUNTAS FRECUENTES

NUNCA se exigen aportes de estructuras en las regularizaciones.

SI, a través de la opción “Modificar Datos”, se corrige el mismo y se genera un trámite interno que es atendido por un Visador y recién allí se concreta el cambio.

SI, es un “Tipo” de expediente especial: Res. 309. Para acceder al mismo se debe adjuntar la escritura del terreno y probar los datos filiatorios. Es válida para la vivienda de los padres y los hijos, además de la propia.

Establecer el avance de la obra, comunicar por nota tanto a Colegio como al Municipio la desvinculación y reflejar en el expediente el % de Dirección y Administración asumido. Ver modelos de “Rescisión o Resolución”.

SI, tanto en Colegio como en la Caja. Se firma un reconocimiento de deuda y se realiza a través de la entrega de cheques. Ambas instituciones, por resolución tienen establecida la tasa de interés y un gasto administrativo.

La reforma interna es obligatoria cuando existe una diferencia entre el relevamiento y el último plano ingresado en municipalidad. Se liquida en 5ta. de Arq y es por Cómputo y Presupuesto.

Ver Res. DSP CAPSF N° 585/19.

DIRECTOR DE OBRA: es el profesional que supervisa, inspecciona, los trabajos de la obra, durante y/o después de su ejecución, enfocándose más en la observación de las tareas en sus momentos determinantes y/o sus culminaciones que en la totalidad de los procesos, verificando la adecuación al proyecto, respetando su fidelidad y calidad, independientemente de la magnitud y complejidad de la obra. También certifica los avances de obra y asesora al representante técnico. Este rol es designado por el comitente, para quien trabaja, a su cuenta y cargo.

REPRESENTANTE TECNICO: es el profesional correspondiente a la parte ejecutora, es designado por el Constructor, para quien trabaja a su cuenta y cargo. Su función esencial es realizar la conducción de las tareas de ejecución, que establece el proyecto, organizando los factores de producción para que se adecuen a los parámetros que este establece, independientemente de la magnitud y complejidad de la obra. Su función secundaria es patrocinar al Constructor con su incumbencia Profesional, de ahí su denominación.