COVID-19 | Préstamos extraordinarios a matriculados habilitados frente a la emergencia social y económica
Estimado colega:
Frente a una obligación inalienable que mantenemos los responsables de administrar el Colegio de Arquitectos, en la actual coyuntura,
hemos decidido destinar del presupuesto anual y en forma extraordinaria la suma de pesos seis millones ($ 6.000.000.-). Dicha suma se distribuirá entre los Colegios de Distritos en proporción a la cantidad de matriculados habilitados con el propósito de preservar la equidad en su tratamiento.
La asistencia se viabilizará en líneas de créditos, de pesos diez mil ($10.000.-)
Podrán solicitar este préstamo:
a) exclusivamente matriculados CAPSF, que se encuentren en categoría PH, en este año 2020;
b) matriculados PH que no presenten deudas de préstamos anteriores tomados en el CAPSF;
c) matriculados PH que no se han beneficiado por la medida otorgada por el Gobierno Nacional Ingreso Familiar por Emergencia (IFE);
d) matriculados PH que no sean empleados de este Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe del DSP, como así también de los seis Distritos que cuenta el CAPSF;
e) matriculados PH que no cuenten con otro ingreso en relación de dependencia;
f) profesionales que no conformen el Directorio del DSP, como así también la Mesa Ejecutiva de los seis Distritos que conforman el CAPSF;
g) matriculados PH que no cuenten con sanciones del TEyD CAPSF, vigentes al día de la fecha;
h) no ser profesional cónyuge de aquel que ha solicitado este préstamo.
A los fines del otorgamiento del préstamo, se priorizarán:
a) matriculados en categoría PH, con menores aportes presentados durante el período comprendido, entre el 2019 hasta la fecha de aprobación;
b) matriculados en categoría PH como único ingreso familiar, con hijos a cargo;
c) matriculados en categoría PH que mantengan la locación para su grupo familiar como vivienda única.
El préstamo tendrá un interés del 24% anual y el plazo de devolución de doce (12) meses, con una gracia de sesenta (60) días para el pago de la primera cuota, siendo su vencimiento el 15 de julio de 2020. No se cobrarán gastos administrativos ni sellados.
Cada Colegio de Distrito recepcionará hasta el 20 de abril de 2020 inclusive, las solicitudes que presenten los arquitectos acreditados por la resolución Nº 589/20, que cumplan con los imperativos legales. Sobre la totalidad de las solicitudes presentadas, el Colegio de Distrito procederá a aplicar los criterios de selección pre-determinados, enviando las nóminas correspondientes al DSP hasta el día 30 de abril de 2020.
El DSP dentro del plazo de diez días hábiles posteriores a la recepción de las planillas por parte de los Colegios de Distrito realizará el pago del correspondiente beneficio. Dicho pago se realizara mediante transferencia bancaria a nombre del titular del préstamo.
Atentamente,
Directorio Superior Provincial CAPSF
Mails de consulta según su Distrito ?
CAd1-d1prestamoscovid19@capsf.org.ar
CAd2-d2prestamoscovid19@capsf.org.ar
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CAd4-d4prestamoscovid19@capsf.org.ar
CAd5-d5prestamoscovid19@capsf.org.ar
CAd6-d6prestamoscovid19@capsf.org.ar
IMPORTANTE: El otorgamiento del préstamo está sujeto en forma inapelable a la aprobación de cada Colegio de Distrito, dentro del marco dispuesto por la Resolución DSP CAPSF 589/2020.