A través del GESTO, ubicado en la parte superior derecha de la web; ingresando al Sistema de Expedientes Técnicos.
Código de Gestión Personal: Es la clave que se necesita para operar dentro del GesTO, además del DNI de cada profesional. Dicho CGP, se entrega junto al Nro. de Matrícula.
Dentro del Sistema de Expedientes, entro SIEMPRE al “Simulador de Cálculo de Aportes” y voy ingresando los datos que me solicitan.
Los aportes de Colegio varían entre el 4% y el 7%. El sistema los marca por defecto. En los “?” se encuentran las ayudas que indican cuando se usa cada uno de ellos. Los de Caja varían según la circunscripción 1.ª. y 2.ª, en estos momentos en ambas el mínimo es del 18%, siendo el 13% jubilatorio y el 5% asistencial.
Según la localización de la obra. En general si la obra está ubicada en los Distritos de Santa Fe, Rafaela o Reconquista, corresponde la 1ra. Circunscripción. Si la misma pertenece a los Distritos Rosario, Casilda o Venado Tuerto, es la 2da. Circunscripción, salvo excepciones.
La misma se define según el destino de la obra. Dentro del “Simulador” hay un cuadro desplegable que describe las mismas como ayuda.
Las viviendas unifamiliares son 3ra. Categoría de Arquitectura y tiene varias sub-categorías según los metros cuadrados. Se tiene que tener en cuenta que las semicubiertas o galerías no deben tomarse en cuenta para definir las mismas.
Vivienda colectiva es cuando en un terreno existen 2 o más viviendas que comparten ingreso, patios u otros usos comunes.
En todos los casos que exista hormigón armado y/o estructuras metálicas o de maderas cuyas luces superen los 5 metros de luz. Están exceptuadas las Viviendas de 3ra. B, C o D.
NUNCA se exigen aportes de estructuras en las regularizaciones.
SI, a través de la opción “Modificar Datos”, se corrige el mismo y se genera un trámite interno que es atendido por un Visador y recién allí se concreta el cambio.
SI, se ingresa al “Simulador” se genera la/s liquidación/es correctas y luego se elige la opción “Continuar y Anexar a Expediente Existente”. Se siguen los pasos indicados y se culmina solicitando la “Anulación de las liquidaciones” erróneas.
SI, es un “Tipo” de expediente especial: Res. 309. Para acceder al mismo se debe adjuntar la escritura del terreno y probar los datos filiatorios. Es válida para la vivienda de padre, madre y las/os hijas/os, además de la propia.
Establecer el avance de la obra, comunicar por nota tanto a Colegio como al Municipio la desvinculación y reflejar en el expediente el % de Dirección y Administración asumido. Existen modelos de “Rescisión o Resolución” en https://capsf.ar/asistente-para-trabajo-profesional/
SI, tanto en Colegio como en la Caja. Se firma un reconocimiento de deuda y se realiza a través de la entrega de cheques. Ambas instituciones, por resolución, tienen establecida la tasa de interés y un gasto administrativo.
La reforma interna es obligatoria cuando existe una diferencia entre el relevamiento y el último plano ingresado en municipalidad. Se liquida en 5ta. de Arq y es por Cómputo y Presupuesto.
SI, según lo que establezcan las resoluciones de Colegio y Caja vigentes.
DIRECCIÓN DE OBRA: profesional que supervisa, inspecciona, los trabajos de la obra, durante y/o después de su ejecución, enfocándose más en la observación de las tareas en sus momentos determinantes y/o sus culminaciones que en la totalidad de los procesos, verificando la adecuación al proyecto, respetando su fidelidad y calidad, independientemente de la magnitud y complejidad de la obra. También certifica los avances de obra y asesora al representante técnico. Este rol es designado por la/el comitente, para quien trabaja, a su cuenta y cargo.
REPRESENTACIÓN TÉCNICA: profesional correspondiente a la parte ejecutora, es designada/o por la/el Constructor/a, para quien trabaja a su cuenta y cargo. Su función esencial es realizar la conducción de las tareas de ejecución, que establece el proyecto, organizando los factores de producción para que se adecuen a los parámetros que este establece, independientemente de la magnitud y complejidad de la obra. Su función secundaria es patrocinar a la/el Constructor/a con su incumbencia Profesional, de ahí su denominación.