JÓVENES PROFESIONALES
Los/as profesionales, cuya fecha de egresado no exceda los dos (2) años anteriores a su solicitud de matriculación, estarán exentos/as del pago del derecho de matrícula fijado y la categoría por la cual opten por el año en curso.
Artículo 7°
Resolución DSP – CAUPSF Nº 699/23 – Trámite de Matriculación y/o Habilitación