REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

El Registro de Propiedad Intelectual es un trámite que se realiza de forma virtual y presencial. A continuación, se detalla la resolución correspondiente y los requisitos.


Trámite a realizar

1— Profesionales con autoría que posean su matrícula habilitada, que pretendan la protección de sus derechos intelectuales, individualizará/n la documentación que se presente, ante los Colegios de Distrito. Para ello ingresarán en el sistema Gesto con usuario/a y clave, a la opción:

>>> Ingresar nuevos expedientes para el Registro de Propiedad Intelectual Completarán todos los datos que el Sistema requiera, especialmente el número de partida del impuesto inmobiliario, si tiene asignado un terreno.

2— Abonarán un arancel equivalente al 25% del monto de la habilitación anual, para lo cual quien solicite, genera e imprime la boleta, la abona por los medios de pago habilitados.

3— Acreditado dicho pago, deberá presentar dos (2) copias de la documentación gráfica y/o escrita, con su firma y sello en todas sus hojas. Este trámite es exclusivamente personal.

Descargar Anexo II

CARÁTULA DEL SOBRE:

  • Nº de expediente:
  • Fecha:
  • Apellido y nombres del profesional:
  • Matrícula Nº Apellido y nombre del comitente:
  • Tipo y Nº de documento del comitente:
  • Tarea profesional:
  • Datos de la obra (si corresponde):
  • Documentación presentada: