El fondo de asistencia del Colegio de Arquitectura y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe (CAUPSF) cuenta con los siguientes beneficios para su matrícula:
Para eventos a realizarse en la ciudad de residencia del matriculado se pagará el costo de inscripción al evento hasta la suma representada por 2 MÓDULOS de acuerdo al comprobante presentado.
Para eventos en los cuales el matriculado tenga que trasladarse y abonar viáticos se contribuirá con el importe equivalente a 2 MÓDULOS por todo concepto.
Valor del módulo = al 25% del Valor de Referencia del Modelo 1.
En caso de solicitarse AYUDA ECONOMICA no reintegrable para capacitación, el matriculado habilitado deberá:
- Revestir la categoría de «Profesional Habilitado» al momento de solicitar el beneficio.
- No registrar deudas ni obligaciones pendientes de ninguna naturaleza con el CAUPSF
- No haber sido sancionado por el Tribunal de Ética y Disciplina.
- No haber gozado de dicho beneficio durante el año en el cual presente la solicitud.
- Presentar el trámite COMPLETO, dentro de los 60 días posteriores a la capacitación.
- Para ser beneficiario, el matriculado habilitado deberá adjuntar la siguiente documentación.
La ayuda económica se solicita una vez finalizado el curso y es uno por año calendario.
Debe presentarse:
- Formulario de solicitud del CAUPSF.
- Factura con validez fiscal que acredite el pago del mismo.
- Constancia de asistencia al curso.
- CUIT o CUIL del profesional y constancia de CBU de la cuenta bancaria del beneficiario/a.
Debe presentarse:
- Formulario de solicitud del CAUPSF.
- Partida de Nacimiento expedida por el Juzgado correspondiente.
- CUIT o CUIL del profesional y constancia de CBU de la cuenta bancaria del beneficiario/a.
Debe presentarse:
- Formulario de solicitud del CAUPSF.
- Constancia Legalizada de Adopción Definitiva o de Guarda Judicial expedida por el Juzgado
- correspondiente. Si presenta constancia de Adopción Definitiva, debe adjuntar una declaración
- jurada declarando que no cobró el Subsidio por Guarda Judicial.
- CUIT o CUIL del profesional y constancia de CBU de la cuenta bancaria del beneficiario/a.
Debe presentarse:
- Formulario del CAUPSF.
- Partida de fallecimiento legalizada.
- Designación de beneficiarios si la hubiese o Declaratoria de Herederos legalizada.
Debe presentarse:
- Formulario del CAUPSF.
- Estudios o Historia Clínica que acrediten la imposibilidad del matriculado/a para desarrollar tareas profesionales durante un lapso de 3 meses como mínimo. No podrá peticionar otro subsidio por la misma causa.
- CUIT o CUIL del profesional y constancia de CBU del beneficiario/a.
El Pago del Subsidio quedará pendiente del informe que presente la Junta Médica que convoque al CAUPSF en cada oportunidad.
Los importes se calcularán de acuerdo a la cantidad de MÓDULOS establecidos. Valor del módulo = al 25% del Valor de Referencia del Modelo 1.
A partir del 16/02/2026 s/Res. DSP-CAUPSF N°761/25 – Costo del Mod. 1 $1.012.000
- Subsidio por Nacimiento y/o adopción: TRES (3) MÓDULOS
- Subsidio por Fallecimiento: OCHO (8) MÓDULOS
- Subsidio por Incapacidad: SEIS (6) MÓDULOS
Para su otorgamiento, deben cumplirse estos requisitos comunes a todos los beneficios:
- Poseer una antigüedad mayor a 2 años corridos desde la fecha de matriculación en el CAUPSF
- Revestir la categoría de “Profesional Habilitado/a” al momento de solicitar el beneficio.
- Haber sido “Profesional Habilitado/a” en los 2 años anteriores y/o en 3 años alternados.
- No registrar deudas ni obligaciones pendientes de ninguna naturaleza en el CAUPSF.
- No tener sanciones por el Tribunal de Ética y Disciplina.
- Presentar el trámite dentro de los 90 días corridos de transcurrido el hecho. En el caso de tener que adjuntar Declaratoria de herederos, se amplía el plazo a 360 días.
- El trámite no es presencial: toda la documentación debe enviarse en formato PDF al Distrito que corresponda.
- La documentación digitalizada debe ser legible y no debe exceder los 512 KB entre todos los documentos. No se recibirá la solicitud si la documentación digitalizada no cumple con este requisito.
- El valor de cada uno de los beneficios se calcula en función del valor del módulo. El módulo es el 25% del Valor de Referencia del Modelo 1 vigente al momento de solicitar la asistencia económica.
- Presentar el trámite dentro de los 90 días corridos de transcurrido el hecho. En el caso de tener que adjuntar DECLARATORIA DE HEREDERAS/OS se amplía el plazo a 360 días.
Considerando estos requisitos comunes y cumpliendo con los mismos, deben estimarse los requerimientos específicos de cada subsidio.