Museo Castagnino: ¿Por qué, existiendo un concurso vinculante, se decide realizar un nuevo proyecto?

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Posicionamiento institucional en defensa del concurso vinculante de arquitectura Desde el Colegio de Arquitectura y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe nos preguntamos por qué, existiendo un concurso vinculante de arquitectura, con un proyecto ganador, premios y menciones, y…

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Nuestro Colegio renovó autoridades e inició un nuevo período de gestión

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El pasado viernes 19 de diciembre el auditorio de la sede del CAUPSF, en Rosario, fue escenario de una ceremonia que ratificó la vocación democrática y plural de nuestra institución con la toma de posesión de las nuevas autoridades del…

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Matriculación 2026: conocé las formas de pago y los nuevos beneficios

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Informamos que el CAUPSF ya puso a disposición los importes para el Derecho de Matriculación y Habilitación Profesional 2026 en sus distintas categorías y las formas de pago disponibles. En esta oportunidad, a partir de un convenio celebrado entre el…

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Registro de Obras: en nuestra web podés notificar obras sin cartel y/o permiso en forma anónima

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Con el fin de optimizar los mecanismos de control y acompañar el ejercicio profesional en el territorio, el Colegio pone a disposición una plataforma online para la verificación de obras sin cartel y/o sin permiso a la que se puede…

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Nuevo Motor de Cálculo

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Una forma más ágil y sencilla de calcular honorarios, deducir aportes y cargar expedientes. Durante todo el mes de octubre podés comenzar a familiarizarte con esta nueva herramienta que entrará en vigencia definitiva el próximo mes, sumando una app para…

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FORMACIÓN

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PREGUNTAS FRECUENTES

NUNCA se exigen aportes de estructuras en las regularizaciones.

SI, a través de la opción “Modificar Datos”, se corrige el mismo y se genera un trámite interno que es atendido por un Visador y recién allí se concreta el cambio.

SI, es un “Tipo” de expediente especial: Res. 309. Para acceder al mismo se debe adjuntar la escritura del terreno y probar los datos filiatorios. Es válida para la vivienda de los padres y los hijos, además de la propia.

Establecer el avance de la obra, comunicar por nota tanto a Colegio como al Municipio la desvinculación y reflejar en el expediente el % de Dirección y Administración asumido. Ver modelos de “Rescisión o Resolución”.

SI, tanto en Colegio como en la Caja. Se firma un reconocimiento de deuda y se realiza a través de la entrega de cheques. Ambas instituciones, por resolución tienen establecida la tasa de interés y un gasto administrativo.

La reforma interna es obligatoria cuando existe una diferencia entre el relevamiento y el último plano ingresado en municipalidad. Se liquida en 5ta. de Arq y es por Cómputo y Presupuesto.

Ver Res. DSP CAPSF N° 585/19.

DIRECTOR DE OBRA: es el profesional que supervisa, inspecciona, los trabajos de la obra, durante y/o después de su ejecución, enfocándose más en la observación de las tareas en sus momentos determinantes y/o sus culminaciones que en la totalidad de los procesos, verificando la adecuación al proyecto, respetando su fidelidad y calidad, independientemente de la magnitud y complejidad de la obra. También certifica los avances de obra y asesora al representante técnico. Este rol es designado por el comitente, para quien trabaja, a su cuenta y cargo.

REPRESENTANTE TECNICO: es el profesional correspondiente a la parte ejecutora, es designado por el Constructor, para quien trabaja a su cuenta y cargo. Su función esencial es realizar la conducción de las tareas de ejecución, que establece el proyecto, organizando los factores de producción para que se adecuen a los parámetros que este establece, independientemente de la magnitud y complejidad de la obra. Su función secundaria es patrocinar al Constructor con su incumbencia Profesional, de ahí su denominación.